PRIMERO. ANTECEDENTES.
1.1. DOCUMENTA S.A. es una persona jurídica con existencia en la República del Paraguay, que desarrolla la actividad de cobranzas y pagos. La empresa, a través del producto “MI COBRO”, brinda servicios que facilitan las cobranzas y los pagos tanto a personas como a empresas, permitiendo que los clientes puedan efectuar dichas transacciones a través de los más diversos medios físicos y electrónicos. Cuenta con equipos y sistemas adecuados que le permiten el procesamiento centralizado de la información, así como el manejo centralizado de las transacciones de cobranzas y pagos.
1.2. El CLIENTE es aquél que ha decidido contratar uno o más de los servicios de cobranzas y pagos que brinda DOCUMENTA S.A. aceptando estas bases y condiciones.
SEGUNDO. OBJETO.
2.1. El presente acuerdo tiene por objeto regular el servicio de cobranzas y pagos por cuenta y orden del CLIENTE, a través de la red implementada por DOCUMENTA S.A. en la forma y condiciones estipuladas en estas bases y condiciones, así como en la página web www.micobro.com.py (en adelante, el “Sitio Web”)
TERCERO. PROCEDIMIENTO.
3.1.Estados de la Transacción:
3.1.1. Sin Enviar: el pago fue registrado en la plataforma de Mi Cobro
3.1.2. Enviado: el monto correspondiente a la factura se encuentra disponible para ser cobrado en el medio de pago.
3.1.3. Cobrado: el medio de pago informa que el cobro de la factura fue efectivamente realizado.
3.1.4. Acreditado: El medio de pago informa que el dinero de los pagos realizados ya se encuentra disponible de acuerdo al medio de retiro optado por el CLIENTE.
3.2. Para los medios de pago que abonan a través de DOCUMENTA S.A, el plazo máximo de acreditación del dinero en DOCUMENTA S.A es de 3 días hábiles salvo que en la propuesta comercial se especifique otra cosa.
3.3. Retiro de fondos: Los fondos disponibles (acreditados) conforme conste en la plataforma, para poder ser retirados deben ser solicitados por el CLIENTE a más tardar los días martes de cada semana (hasta las 23.59 hrs) en la cuenta del sitio web de DOCUMENTA S.A. El dinero será entregado al cliente conforme al medio de retiro optado por el mismo, los días viernes de cada semana.
3.3.1. El CLIENTE podrá optar por los siguientes medios de retiro: a. Depósito en la cuenta bancaria individualizada correctamente por el Cliente. b. Pagos en cheque al día y a la orden del CLIENTE. c. Practigiro al número identificado por el CLIENTE (El monto máximo para el pago a través de practigiros es de Gs. 350.000.-). Estas formas pueden variar sin previo aviso y sin que eso implique responsabilidad para DOCUMENTA S.A.
3.4. Cuando el CLIENTE o DOCUMENTA S.A. detecten la ocurrencia de algún error en el proceso por parte de DOCUMENTA S.A., en el que se pueda determinar fehacientemente el monto y origen de la diferencia, y ésta pueda ser expuesta al CLIENTE con debida información y margen de tiempo para su verificación formal, y por la cual ésta pueda ser resuelta de manera expeditiva, el caso será entendido como una solicitud de regularización. Estos errores deberán ser resueltos bajo el siguiente procedimiento:
3.4.1. Una vez detectada la discrepancia, DOCUMENTA S.A. deberá enviar al CLIENTE en la brevedad una nota explicativa y de solicitud de autorización para regularización.
3.4.2. El CLIENTE deberá dar tratamiento interno a dicha nota y responder formalmente en un plazo máximo de 5 (cinco) días corridos, mediante la emisión de una Orden de Extorno o Nota, o e-mail dirigido a DOCUMENTA S.A.; caso contrario se entenderá automáticamente que la regularización ha sido autorizada.
3.4.3. En caso que el CLIENTE responda afirmativamente a la solicitud, o una vez vencido el plazo tope señalado precedentemente, DOCUMENTA S.A. procederá a procesar el ajuste correspondiente.
3.4.4. En caso que el CLIENTE responda negativamente dentro del plazo estipulado precedentemente o si existieran otros tipos de diferencias en el proceso que no estén contempladas en ésta cláusula, cada una de las partes nombrará un representante para su análisis y conciliación.
3.4.5. Las discrepancias o conflictos de conciliación con tratamiento de regularización expeditiva serán básicamente los siguientes casos, siendo éstos casos meramente enunciativos y no taxativos:
3.5. Cualquier discrepancia en las cifras totales informadas por DOCUMENTA al CLIENTE, deberá ser ajustada por el funcionario autorizado de cada una de las partes a través de un procedimiento para el CONTROL DE DIFERENCIAS a ser adoptado según las conveniencias y siempre con el expreso acuerdo de las partes.
3.6. Los comprobantes de control de las BOCAS RECAUDADORAS del sistema, deberán ser conservados entre las documentaciones de éstas por un período mínimo de ciento ochenta (180) días, contados a partir de su emisión, para cualquier consulta o aclaración que se hiciere necesaria. Transcurrido dicho plazo, no se podrán efectuar reclamos o aclaraciones sin incurrir por ello las BOCAS RECAUDADORAS y/o DOCUMENTA en responsabilidad indemnizatoria alguna.
3.7. En los casos de reclamo de usuarios al CLIENTE relativos a la falta de rendición de cuentas de facturas supuestamente cobradas por una ENTIDAD RECAUDADORA, el mismo, presentará el caso directamente a DOCUMENTA, quien verificará el hecho con la ENTIDAD RECAUDADORA involucrada.
CUARTO. OBLIGACIONES DE LAS PARTES y AUTORIZACIONES.
4.1. El CLIENTE y DOCUMENTA S.A. se obligan a cumplir con todas las disposiciones contenidas en el presente contrato.
4.2. Las partes serán responsables por los daños y perjuicios que por su propia actividad o por los medios empleados o por su dolo o culpa propia o el de sus dependientes, o el provocado por las cosas o bienes bajo su uso o cuidado se causen recíprocamente, como así también de los que causen a terceros, siempre y cuando los hechos imputados se encuentren debidamente comprobados, asumiendo los costos la parte culpable.
4.3. El CLIENTE otorga por éste instrumento mandato suficiente a DOCUMENTA, para recibir los pagos y emitir recibo con efecto cancelatorio por cuenta y orden de la misma de las transacciones procesadas en la RED DE PAGOS.
QUINTO. DE LAS FACULTADES, OBLIGACIONES y RESPONSABILIDADES DE DOCUMENTA S.A.
5.1. DOCUMENTA S.A. se compromete a depositar al CLIENTE los fondos, conforme sea solicitado por el CLIENTE en el tiempo y forma establecido en los puntos 3.2. y 3.3. de la cláusula tercera, descontando previamente el precio de comisión especificado en la cláusula 14°.
5.2. La información que ofrece DOCUMENTA S.A. sobre cada transacción, es suministrada por el CLIENTE y/o la ENTIDAD RECAUDADORA, no siendo responsabilidad de DOCUMENTA S.A. la exactitud de su contenido o las modificaciones que pudieran generarse sobre la información brindada. DOCUMENTA S.A. no se responsabiliza por la incorrecta información que podría ser suministrada por alguno de los integrantes de la red de servicios. Esta información puede referirse, sin que la enumeración tenga carácter taxativo, a si una transacción fue cobrada, conciliada o acreditada.
5.3. Las ENTIDADES RECAUDADORAS y DOCUMENTA S.A. se reservan el derecho de interrumpir, suspender o modificar en cualquier momento los servicios ofrecidos, ya sea en forma permanente o transitoria. No se requerirá la conformidad de los CLIENTES, ni será necesario aviso previo alguno.
5.4. DOCUMENTA S.A. no se responsabiliza por cualquier daño que pueda producirse en los equipos informáticos de los Usuarios o de terceros como consecuencia del uso de las soluciones ofrecidas DOCUMENTA S.A., quien hará su máximo esfuerzo para evitarlo.
5.5. DOCUMENTA S.A. no se responsabiliza por transacciones que pudieran ser canceladas o modificadas por parte del comprador o por la ENTIDAD RECAUDADORA, por la razón que fuera y en el plazo que fuera (esta cancelación o modificación pudiera realizarse retroactivamente).
5.6. DOCUMENTA S.A. se reserva el derecho de modificar su red de servicios, incorporando nuevas herramientas de cobro y pago, o dejando de utilizar alguno ya existente, y tratará que las nuevas incorporaciones se realicen en los mismos términos que los establecidos en este contrato.
SEXTO. DEL CLIENTE.
6.1. El CLIENTE podrá acceder en todo momento y desde cualquier lugar, en la medida que las comunicaciones lo permitan, a la información de la cobranza realizada consultando en la web www.micobro.com.py. DOCUMENTA S.A. no garantiza el acceso o uso permanente del sitio web, ya que éste podría interrumpirse por razones técnicas ajenas a DOCUMENTA S.A., no incurriendo la misma en responsabilidad alguna.
6.2. El CLIENTE deberá facilitar determinados datos de la empresa y/o personales, así como datos de las personas o empresas a quienes se quiere cobrar. Dicha información se procesa y almacena en servidores o medios magnéticos que mantienen altos estándares de seguridad y protección tanto física como tecnológica, tal como lo exige la Ley N°1682/01 sobre Protección de Datos Personales en Paraguay. El CLIENTE es responsable de forma exclusiva de la veracidad y exactitud los datos de sus deudores cargados en la plataforma, exonerando expresamente a DOCUMENTA S.A. de cualquier obligación que en ese concepto pudiera surgir.
6.3. El CLIENTE no podrá utilizar los servicios de DOCUMENTA S.A. para cobranzas vinculadas a actividades contrarias a la ley o disposiciones normativas. En caso de detectarse o tener sospechas de tal uso, DOCUMENTA S.A. podrá cancelar su cuenta y podrá negarse a prestarle nuevos servicios.
6.4. El CLIENTE no podrá utilizar los servicios de DOCUMENTA S.A. para cobranzas vinculadas a sectores que los medios de pago no autoricen, como pueden ser actividades relacionadas con la pornografía, juegos que impliquen apuestas, venta de drogas, lavado de activos, financiamiento del terrorismo, entre otros. DOCUMENTA S.A. podrá cancelar su cuenta y podrá negarse a prestarle nuevos servicios. DOCUMENTA S.A. no se hace responsable de las actividades realizadas por el cliente ni del origen de las deudas.
6.5. El CLIENTE asume todo y cualquier tipo de responsabilidad, en cualquier ámbito que pudiera corresponder, con relación al objeto de las cobranzas realizadas por el CLIENTE, el origen de las deudas y las actividades realizadas por el CLIENTE. En especial, asume expresamente su responsabilidad en caso de utilizar los servicios de DOCUMENTA S.A. para realizar cualquiera de las cobranzas establecidas en el punto precedente, no siendo dicho listado limitativo.
6.6. El CLIENTE deberá pagar a DOCUMENTA S.A. una contraprestación por los servicios brindados, definida en la cláusula décimocuarta, y en consecuencia debitará y/o compensará automáticamente al CLIENTE los costos por los servicios, procediendo a entregar o depositar a éste los fondos restantes que estuvieren en su poder.
6.7. Como contraprestación de lo anterior, el CLIENTE faculta a DOCUMENTA S.A. a realizar las compensaciones correspondientes y a disponer de la eventual diferencia que se produzca a su favor, entre dichos costos y los intereses que pudieren generar dichos fondos en el período antes indicado.
SÉPTIMO. VIGENCIA, TERMINACIÓN Y RESCISIÓN.
7.1. Estas bases y condiciones tendrán una vigencia de 1 (un) año a partir de su aceptación. Luego de transcurrido el plazo de vigencia, el CLIENTE deberá aceptar nuevas bases y condiciones en caso de consentir con la continuación de la ejecución del presente servicio. Ante cualquier modificación de estas bases y condiciones se notificara al CLIENTE a través de la página web______ y se requerirá la aceptación del cliente.
7.2. La vigencia de la presente terminará, sin responsabilidad para ninguna de las partes, por caso fortuito o fuerza mayor que imposibilite de modo permanente la continuación de este contrato.
7.3. En casos de incumplimiento de las obligaciones emergentes por cualquiera de las partes, la parte cumplidora intimará, por los medios previstos de comunicación, a la otra para que en el término de 15 (quince) días de recibida la notificación subsane el incumplimiento. Una vez transcurrido el plazo sin que el incumplimiento hubiera sido subsanado, la parte cumplidora podrá declarar extinta la relación emergente de la aceptación de la presente bases y condiciones de forma inmediata.
7.4. Luego de finalizada la vigencia, las partes realizarán su mejor esfuerzo, actuando de buena fe, para dar un adecuado cierre a las posibles situaciones que surjan de aquellas operaciones que se encuentren en curso.
OCTAVO. FORMAS DE PAGO.
8.1. Las condiciones de pago son las que definen los medios de pago que operan a través de DOCUMENTA S.A. y, al aceptar los términos y condiciones de DOCUMENTA S.A., se aceptan las condiciones de cada medio de pago que opera a través de DOCUMENTA S.A.
8.2 Las redes de cobranza aceptan pagos en efectivo, con cheques o con tarjeta de débito ----------- (en los tres casos el medio de pago informa el pago como realizado en efectivo). Estas formas pueden cambiar sin previo aviso y sin que eso implique responsabilidad para DOCUMENTA S.A.
8.3. En caso de pagos efectuados con cheques por parte de los usuarios del CLIENTE, éstos deberán estar a la orden del CLIENTE, y por un monto igual al total de la transacción. La referencia del pago, deberá ser anotada al dorso del cheque. Las ENTIDADES RECAUDADORAS de la RED podrán aceptar, conforme lo acordado, un cheque por una o varias transacciones, no aceptarán cheques librados por terceros, o con fechas vencidas o adelantadas, u otros defectos de forma, siendo su aceptación de su exclusiva responsabilidad de no cumplirse lo que antecede.
En caso de cheques rechazados, se clasificará los cheques por defecto de Forma y Fondo procediendo según el tipo de rechazo de la siguiente manera:
Cheques con defecto de FORMA: Serán responsabilidad de la ENTIDAD RECAUDADORA que los haya aceptado y se considerarán como cobrados para el CLIENTE.
Cheques con defecto de FONDO: tal situación será informada al CLIENTE, los cobros afectados no serán considerados por DOCUMENTA como acreditados. Al CLIENTE se le entregará el cheque original rechazado.
La clasificación de los tipos de rechazo son los siguientes:
Cheques con defecto de Forma: todas aquellas fallas que PUEDEN y DEBEN ser detectadas por la ENTIDAD RECAUDADORA al momento de la recepción de los cheques recibidos en concepto de cobranzas. Algunos ejemplos que no deben considerarse como únicos:
Cheques con defecto de Fondo: todas aquellas fallas que NO PUEDEN ser detectadas por la ENTIDAD RECAUDADORA al momento de la recepción de los cheques recibidos en 0concepto de cobranzas. Algunos ejemplos que no deben considerarse como únicos son:
NOVENO. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS.
9.1. Las partes acuerdan que cualquier información intercambiada, facilitada o creada entre ellas, será mantenida en estricta confidencialidad. La parte receptora correspondiente, sólo podrá revelar información confidencial estando autorizada, previamente y por escrito, por la parte de cuya información confidencial se trata. Esto incluye documentación técnica, comercial, tributaria, costos, precios, programas de computación, diseños y cualquier otra información intercambiada.
9.2. DOCUMENTA S.A tomará todas las medidas necesarias para que este acuerdo sea respetado por el personal dependiente y terceros subcontratados por él, haciéndose responsable de las violaciones a la confidencialidad en que éstos pudieran incurrir.
9.3. Las partes estarán obligadas a transmitirse recíprocamente las informaciones y datos que sean imprescindibles para una adecuada prestación de los servicios que son objeto de este Convenio y se obligan a no utilizar la información o datos que recíprocamente se transmitan fuera de los casos mencionados. La información que obtengan las Partes y el contenido de la documentación que se les proporcione y entregue, serán utilizadas exclusivamente para la finalidad acordada por las partes y estipulada en este convenio.
9.4. De acuerdo a lo dispuesto en la Ley 1682/01, DOCUMENTA S.A se compromete a respetar la confidencialidad de la información y solo utilizar la misma, de forma reservada y exclusivamente para las operaciones o actividades inherentes a la utilización de la herramienta.
9.5. La prohibición que se establece en los párrafos precedentes sólo podrá ser dejada sin efecto por las partes si media alguna imposición legal y/o judicial que obligue a poner en conocimiento de terceros aquello que es materia del deber de confidencialidad que queda precedentemente establecido.
DÉCIMO. DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL.
10.1. DOCUMENTA S.A es propietario de la plataforma “MI COBRO” y se reserva todos los derechos de Propiedad Intelectual: marca, derechos de autor o patente que sean de su propiedad actual o futura y demás derechos sobre el servicio prestado a través de su Sitio Web. Asimismo se reserva los derechos sobre los contenidos publicados, informaciones, imágenes, videos y bancos de datos (a continuación denominada “propiedad protegida”). Por ello, está expresamente prohibida cualquier modificación, reproducción, publicación, transmisión a terceros y/o demás uso o explotación de la propiedad protegida sin el consentimiento previo por escrito de DOCUMENTA S.A.
10.2. No está permitida ninguna acción o uso de dispositivo, software, u otro medio tendiente a interferir tanto en las actividades y operatoria de DOCUMENTA S.A como en las cuentas o bases de datos de la misma. Cualquier intromisión, tentativa o actividad violatoria o contraria a las leyes sobre derecho de propiedad intelectual y/o a las prohibiciones estipuladas en este contrato harán pasible a su responsable de las acciones legales pertinentes, a las sanciones previstas por este acuerdo y se lo hará responsable de indemnizar los daños ocasionados.
DECIMO PRIMERA. ACTIVIDADES ILEGALES.
11.1. DOCUMENTA S.A no se hace responsable respecto a ningún tipo actividades ilegales que puedan ser ejecutadas o desarrolladas por el CLIENTE, tales como lavado de dinero, financiamiento del terrorismo, proliferación de armas de destrucción masiva, entre otras.
11.2. Si DOCUMENTA S.A tiene motivos para creer que EL CLIENTE (o su representante, empleado, socio, o accionista de una sociedad) ha participado en actividades contrarias a la ley, decretos o reglamentos, podrá adoptar diversas medidas tendientes a proteger los derechos e intereses de los USUARIOS, de DOCUMENTA S.A, así como de TERCEROS.
Dichas medidas podrán ser, sin que ello implique una enumeración taxativa y responsabilidad alguna:
DECIMO SEGUNDA. INDEPENDENCIA DE LAS PARTES.
12.1. Los servicios objeto de este contrato serán prestados por DOCUMENTA S.A al CLIENTE con autonomía e independencia. Las partes declaran expresamente, que no existe relación de dependencia entre las mismas y que la presente contratación ha sido concebida en interés de ambas.
12.2. En consecuencia, cada una de ellas independientemente de la otra, es la única obligada a satisfacer sus obligaciones tributarias, laborales y de seguridad social y se obligan a mantenerse al día en el cumplimiento de tales obligaciones.
DECIMO TERCERA. CANCELACIÓN DE DEUDA.
13.1. El usuario del CLIENTE al momento de presentarse ante una ENTIDAD RECUADADORA habilitada o de DOCUMENTA S.A., deberá proveer el PIN generado para esa transacción, su número de cédula y la individualización del comercio acreedor.
13.2. Ninguna ENTIDAD RECAUDADORA podrá devolver a los usuarios, importes de facturas y conceptos ya cobrados, ni abonar notas de crédito emitidas por el CLIENTE a sus usuarios. Los eventuales errores de facturación deberán ser gestionados únicamente ante las oficinas del CLIENTE. Asimismo, ninguna ENTIDAD RECAUDADORA atenderá aclaraciones, quejas o reclamos de los usuarios relativos al costo o facturación del servicio, ni asume responsabilidad alguna respecto de la exactitud de las cifras facturadas por los servicios que presta el CLIENTE. El CLIENTE, informará al usuario que los reclamos o consultas deben ser dirigidos ante él, indicando las direcciones o teléfonos apropiados al efecto.
DECIMO CUARTA. TARIFAS.
14.1. DOCUMENTA S.A. descontará al CLIENTE por cada factura cobrada dentro del sistema, una comisión de Gs. 5.000.- IVA incluido por el servicio de cobranza de facturas.
14.2. Por cada retiro de dinero que realice el CLIENTE, se descontará al mismo la suma de Gs 20.000.- IVA incluido.
DECIMO QUINTA. IMPUESTOS.
15.1 Todos los impuestos y sellados serán soportados por las partes en la proporción que les corresponda a cada uno. Todo nuevo impuesto que en el futuro grave los servicios motivo de este contrato, serán también soportados por las partes en la proporción que les corresponda. En los casos en que, eventualmente, cualquiera de las partes deba actuar como agente de retención de impuestos, la misma se obliga asimismo a presentar a simple solicitud de la otra, prueba fehaciente del depósito respectivo.
DECIMO SEXTA: NULIDAD DE LAS CLAUSULAS.
16.1 Con relación a lo dispuesto por el Art. 365 del Código Civil, si alguna de las cláusulas y condiciones de este Contrato fuere total o parcialmente nula, tal nulidad afectará únicamente a dicha disposición o cláusula. En todo lo demás, este contrato seguirá válido y vinculante como si la disposición o cláusula no hubiere formado parte del mismo, y sólo se anulará en la medida en que dicha cláusula o disposición sea nula.
DECIMO SÉPTIMA. DISPOSICIONES VARIAS.
17.1. Para todas las comunicaciones, de cualquier naturaleza, a ser realizadas con DOCUMENTA, el CLIENTE indica las siguientes vías: Domicilio:……………………………………………………………………………………………………………………Correo Electrónico:………………………………………………………………………………… Número de Teléfono:……………………………………Fax:……………………………………Número de Celular:……………………………….
17.2. El CLIENTE se compromete a notificar fehacientemente en un plazo de 24 (veinticuatro) horas toda modificación de los datos establecidos en el punto anterior. Hasta tanto se realice dicha notificación, serán válidas las comunicaciones enviadas a las direcciones y teléfonos indicados en esta cláusula.
17.3. A todos los efectos legales de la presente cláusula, será aplicable la Ley Nº 4.017/10 de con su respectivo Decreto N° 7.369/11, modificada por Ley N° 4.610/12, así como la Ley N° 4.868/13, relacionadas con la firma digital, electrónica y de comercio electrónico, y sus eventuales renovaciones y/o modificaciones.
17.4. Queda acordado que todos los ANEXOS al que fueren celebrados entre las Partes, ya sea de forma física o electrónica, forman parte integral de este contrato. De igual manera, cualquier cambio y/o modificación que llegue a producirse – a partir de la fecha – a los términos del presente contrato y, en especial, las modificaciones al tarifario que sea publicado en el Sitio Web, tendrá carácter de ANEXO y formará parte del presente documento.
17.5. Los derechos y obligaciones emergentes del presente contrato no podrán ser cedidos por ninguna de las partes, sin expresa conformidad previa y por escrito de la otra parte.
17.6. La tolerancia de cualquiera de las partes respecto a cualquier incumplimiento de cualquiera de las obligaciones del presente contrato, no implicará novación, purga de la mora o renuncia respecto al derecho de la parte cumplidora a demandar el cumplimiento o la rescisión del presente contrato, en su caso, en cualquier momento por dicho incumplimiento.
DÉCIMO OCTAVA. DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES.
18.1. Las partes constituyen domicilios especiales, a los efectos que pudieran corresponder, en los señalados en el encabezamiento. En caso de que cualquiera de las partes cambiara de domicilio, deberá notificarlo por escrito a la otra parte con, al menos, veinticuatro (24) horas de antelación. Las notificaciones en dichos domicilios serán válidas siempre que se hagan mediante cualquier medio fehaciente y que asegure el recibo por parte del destinatario.
DÉCIMO NOVENA. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN COMPETENTE.
19.1. El presente Contrato se interpretará, ejecutará, y estará gobernado, por las leyes de Paraguay.
19.2 En caso de existir divergencias en la formación, validez, interpretación y/o ejecución del presente contrato, las partes acuerdan que las mismas serán dirimidas por la vía judicial, pactándose libre, expresa y voluntariamente la jurisdicción y competencia de los Jueces y Tribunales Ordinarios del fuero Civil y Comercial de la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay.
